DESHEREDAR HIJOS POR NO CUIDAR O VISITAR A LOS PADRES

Los motivos para desheredar a un hijo están detallados en el Código Civil y se resumen en la existencia de maltrato físico o verbal, que hayan intentado atentar contra la vida de sus padres o les hayan negado alimentos y manutención.
Por lo tanto, la falta de visitas de los hijos a sus padres no es un motivo para desheredar y tampoco es no cuidar de ellos si no son dependientes.
Puedes consultar el artículo “Desheredar a un hijo. Motivos y requisitos” para más información”

LA FALTA DE VISITAS NO ES MOTIVO PARA DESHEREDAR. ¿O SÍ?

Si bien la sola falta de visitas de los hijos a sus padres no es suficiente motivo para desheredar a un hijo, empiezan a existir sentencias en sentido contrario que avalan que la reiterada falta de relación de los hijos con sus padres si puede ser un motivo para desheredar.
En concreto se empieza a igualar el sufrimiento que provoca un maltrato con el que provoca el abandono y la falta de relación familiar y a entender que vulnera la dignidad de la persona afectada.
Reiteradas sentencias establecen como causa de desheredación el hecho que un hijo no tenga contacto con sus progenitores y/o impida el contacto con sus nietos, argumentando que esta forma de comportarse genera en el padre o madre una profunda situación de tristeza y que se desatendieron sus necesidades emocionales.

¿PUEDO DESHEREDAR A MI HIJO SI NO SE OCUPA DE MI?

Ya hemos visto que la sola falta de visitas o no cuidar de los padres no es causa suficiente que justifique el desheredar a un hijo.
Por lo tanto, una riña familiar que provoque un distanciamiento temporal no es causa suficiente para desheredar, ni el hecho de no cuidar a los padres si estos son autosuficientes.
Los jueces para justificarlos como causa para desheredar exigen que se traspase la frontera del maltrato psicológico.

SOMETER A LOS PADRES AL MALTRATO PSICOLÓGICO DE NO VISITARLOS ES CAUSA PARA DESHEREDAR.

Así lo determinan diversas sentencias que equiparan el hecho de no visitar a los padres o impedir que estos vean a sus nietos al maltrato psicológico y lo consideran una causa justa para desheredar.
Una de las sentencias que empezó a hacer esta equiparación fue la del Tribunal Supremo, de 3 de junio de 2014, en la que a modo de resumen concluye para justificar desheredarlos: “…los hijos incurrieron en un maltrato psíquico y reiterado contra su padre del todo incompatible con los deberes elementales de respeto y consideración que se derivan de la relación jurídica de filiación, con una conducta de menosprecio y abandono familiar que quedó evidenciada en los últimos siete años de vida del causante en donde, ya enfermo, quedó bajo el amparo de su hermana, sin que sus hijos se interesaran por él o tuvieran contacto alguno; situación que cambió tras su muerte, a los efectos solos de demandar sus derechos hereditarios”

 

Otra sentencia como la del Tribunal Supremo de fecha 19 de febrero de 2019 dictamina en el mismo sentido.
En todos estos casos, los motivos para desheredar tienen que ser probados.
El artículo 850 del Código Civil establece: “la prueba de ser cierta la causa de desheredación corresponderá a los herederos del testador si el desheredado la negare”.
Las personas desheredadas procederán a demandar al heredero su parte de herencia que les corresponde, y tendrá que ser el heredero quién demuestre ante el Juez que existen causas que justifiquen la desheredación.
Si el heredero no puede probar las causas que justifiquen la desheredación o el Juez no las estime convenientes, los familiares desheredados tendrán derecho a lo que por legítima les corresponda.
Puedes consultar en nuestra página “La Legítima” cuanto es la legítima en tu Comunidad Autónoma y quienes son los beneficiarios.

LA FALTA DE RELACIÓN FAMILIAR COMO MOTIVO PARA DESHEREDAR.

En una reciente sentencia del Tribunal Supremo de 24 de mayo de 2022 se concreta y detalla qué condiciones ha de cumplir la ausencia de relación familiar para ser considerada una causa de desheredación válida.
Esta falta de relación familiar ha de ser:

  • Continuada e injustificada.
  • Únicamente imputable al desheredado.
  • Que haya provocado menoscabo físico o psíquico al testador de una entidad considerable.

Para acabar, vale la pena insistir que en caso que la persona desheredada reclame judicialmente sus derechos a cobrar lo que legalmente le corresponde, serán los otros herederos quienes tendrán la obligación de probar y demostrar que el desheredado incurrió en una de las causas que justifican la desheredación.
Y en caso que no lo puedan probar de forma clara, efectiva y fehaciente los jueces fallaran que el desheredado tiene sus derechos a heredar la parte que le corresponde dejando sin efecto la desheredación.

DESHEREDAR A UN HIJO POR NO VISITAR A LOS PADRES ES LEGAL.

Si, podemos legalmente desheredar a nuestro hijo por falta de visitas siempre que se cumplan las condiciones que hemos mencionado.
El hecho de desherederar en un acto individual y unilateral que hace el padre o ascendiente con respecto a su hijo o descendiente.
El hijo desheredado no puede impugnar el acto de la desheredación ya que no tiene porque conocerlo hasta que su padre o ascendiente fallezca y se abra el testamento y se conozca su contenido.
Una vez conozca que ha sido desheredado, y si no está de acuerdo, puede reclamar al resto de herederos lo que por legítima le corresponde. Si los herederos no le pagan la parte que le corresponde alegando que está desheredado, puede reclamar su parte de la herencia vía judicial.
Será finalmente el juez quién decida si el padre o ascendiente tenía motivos justificados para desheredarlo o no.

 

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