¿SE PUEDE PAGAR LA LEGÍTIMA A PLAZOS?

En el momento que aceptamos una herencia como herederos tenemos que cumplir con las obligaciones que esta aceptación conlleva.
Dos de las más importantes son el pago de la legítima hereditaria y el pago de las deudas del fallecido.
Encontrarás toda la información sobre la legítima en tu Comunidad Autónoma en nuestra página Legítimas.
Respecto al pago de la legítima nada se establece que se pueda pagar a plazos, por lo que las personas con derecho a legítima (legitimarios) pueden exigir el cobro de la misma desde el momento que son conocedores que tienen este derecho a cobrar la legítima.
El heredero o herederos deberán pagar a los legitimarios el importe que les corresponda más los intereses de demora desde la fecha de defunción del causante.
Nada impide, llegado el caso en que el heredero no pueda pagar la legítima y los legitimarios estén de acuerdo, se pacte el pago de la legítima a plazos o en una fecha posterior.
Es importante destacar que el pago de la legítima a plazos exige el previo acuerdo de herederos y legitimarios.
Si llegados a un acuerdo, el heredero incumple el pago de la legítima en la fecha acordada o de los plazos establecidos, dará derecho a los legitimarios a instar judicialmente una reclamación contra el heredero para reclamar las cantidades de la legítima no recibidas.

¿CUÁNTO TIEMPO SE TARDA EN COBRAR LA LEGÍTIMA?

No hay un plazo establecido legalmente, si bien en el momento que el heredero o herederos aceptan la herencia han de satisfacer de inmediato las legítimas.
Cualquier persona con derecho a legítima tiene un plazo de 10 años para reclamar a los herederos la parte de la legítima que le corresponde.
El plazo empieza a contar en la fecha de defunción del causante.
Desde nuestra página Trámites pedes solicitar el Certificado de Últimas Voluntades y la verificación de fincas para conocer todas las propiedades (pisos, casas, terrenos…) de las que es propietario una persona (fallecida o no).

¿QUIÉN DECIDE COMO SE PAGA LA LEGÍTIMA?

Es la persona fallecida a través de su testamento quien puede dejar establecido como hay que pagar la legítima a los legitimarios, con bienes o dinero.
En nuestra página Testamentos encontrarás información de todos los tipos de testamentos.
En caso de que no haya mencionado nada al respecto, como norma general con algunas condiciones, será el heredero quien decidirá si paga la legítima con bienes de la herencia o con dinero en efectivo.

¿QUÉ SUCEDE SI UN HEREDERO NO QUIERE PAGAR LA LEGÍTIMA O NO TIENE DINERO PARA HACERLO?

Ya hemos dicho que una vez aceptada la herencia el heredero o los herederos han de satisfacer las legítimas, y que las personas con derecho a legítima pueden reclamársela en un plazo máximo de 10 años.
Si el heredero o herederos no quieren o no pueden pagar la legítima, sea por el motivo que fuera, las personas con derecho a legítima tendrán que instar una reclamación judicial para reclamar les sea pagado el importe que les corresponde.
En dicha reclamación podrán añadir los intereses legales desde la muerte del causante.

CASOS EN QUE NO ES NECESARIO PAGAR LA LEGÍTIMA.

Es obligación de los herederos pagar la legítima a los legitimarios, excepto si concurren alguna de estas circunstancias.
En primer lugar, si los legitimarios ya han recibido en vida del causante donaciones que ya cubren el importe que les correspondería por legítima. Puedes encontrar más información en nuestro artículo «Evitar pagar la legítima».
En segundo lugar, si el legitimario también es heredero y ha sido legalmente desheredado. El artículo de nuestro Blog «Desheredar a un hijo. Motivos y requisitos» trata con profundidad este tema.

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